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¿Cómo Actúa?
El Defensor del Pueblo tiene la facultad de hacer las advertencias y las recomendaciones que crea oportunas a los organismos que no respeten los derechos legítimos de los ciudadanos. También puede proponer fórmulas de acuerdo o conciliación para que las partes afectadas lleguen a la solución positiva del asunto que haya motivado la queja.
Siempre que le parezca conveniente, el Defensor del Pueblo recomendará a la Administración foral y a los entes locales que introduzcan cambios o modificaciones en la ley o las normas en las que se observe una lesión de los derechos de los ciudadanos.
En el ejercicio de la misión que tiene encomendada el Defensor del Pueblo tiene que recibir la ayuda, con carácter preferente y urgente, de las autoridades, que, si se negaran, incurrirían en las responsabilidades previstas por la ley y podrían ser denunciadas públicamente por el Defensor del Pueblo.
El Defensor del Pueblo no es ningún juez y, por tanto, no dicta sentencias, no impone sanciones ni puede suspender las actuaciones administrativas que son objeto de queja. Anualmente, el Defensor del Pueblo informa al Parlamento de Navarra sobre las quejas recibidas de los ciudadanos, la tramitación que han seguido y los resultados obtenidos. Igualmente, puede hacer sugerencias o recomendaciones como resultado de la misión llevada a cabo. Y de esa información facilitada por el Defensor del Pueblo extraen sus conclusiones y medidas convenientes los grupos parlamentarios.