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Julen L. ha recibido una providencia de apremio del Ayuntamiento por una multa de tráfico. Es la primera noticia que tiene. Hasta la fecha no ha recibido ninguna notificación de una posible denuncia. Desea conocer si es normal este proceder y qué puede hacer al respecto.

06 marzo 2010

Uno de los motivos que establece la Ley Foral de las Haciendas Locales de Navarra para oponerse a una providencia de apremio es la falta de notificación de la liquidación. No obstante, debe tenerse en cuenta que si la Administración no ha podido notificar individualmente al ciudadano la denuncia y la sanción, tras haberlo intentando infructuosamente, puede publicar esta dos en el Boletín Oficial de Navarra, lo cual equivale legalmente a la práctica de la notificación personal. Por ello, lo lógico es que el ciudadano acuda al Ayuntamiento y solicite ver el expediente, a cuya consulta tiene derecho. En el caso de que no se hayan intentado las notificaciones personales, ni se haya publicado la sanción en el Boletín Oficial de Navarra, puede presentar un recurso ante el Ayuntamiento o ante el Tribunal Administrativo de Navarra, solicitando la anulación de la providencia de apremio, sin descartar la queja ante el Defensor del Pueblo de Navarra por vulneración de sus derechos.